El juez Alejandro Rosales, homologó la aplicación del instituto de juicio abreviado contra un sujeto de 51 años de edad, imputado como presunto autor de tres hechos de abuso sexual simple. Por tratarse de abuso sexual intrafamiliar, preservar la identidad de la víctima impide dar a conocer la del agresor. Las vivencias a las que son sometidas las víctimas de abuso sexual infantil tienen un impacto muy profundo que va más allá del ultraje a su cuerpo, implica un daño en la psiquis muy complejo de sanar.

En este contexto, los representantes del Ministerio Público Fiscal y el Ministerio Público de la Defensa, presentaron al magistrado un acuerdo de aplicación de juicio abreviado. Mediante este instituto propusieron que el imputado se someta al cumplimiento de reglas de conducta. Durante el plazo de la condena, deberá fijar domicilio, presentarse cada cuatro meses ante el Cuerpo de Delegados de Control, mantener su trabajo u oficio. Asimismo, no podrá mantener ningún tipo de contacto ni acercamiento personal a las víctimas y sus domicilios. Esta prohibición comprende también las redes sociales, comunicaciones electrónicas o similares.
Con respecto a la pena a imponer, los profesionales explicaron que por la calificación legal escogida en caso de que el imputado reciba una sentencia condenatoria en su contra, la misma establece un plazo de seis meses a cuatro años de prisión. A ello agregaron que el acusado no registra antecedentes penales computables. Por estas razones peticionaron que se le imponga una condena de dos años y cuatro meses de prisión en suspenso.

El procedimiento de juicio abreviado implica que el acusado renuncie a su derecho de ir a un juicio oral y público. En consecuencia, debe reconocer la existencia de los hechos, su participación en los mismos y aceptar la imposición de la pena propuesta por las partes.
Así las cosas, Rosales, efectuó las preguntas correspondientes al imputado, que respondió de manera afirmativa sobre el acuerdo propuesto.
Luego, el magistrado, se retiró para analizar la seriedad y el alcance de la propuesta presentada por los representantes de la fiscalía y la defensa.
Finalmente, en la jornada del jueves 16 de marzo, el juez penal de Sarmiento, informó su resolución. En este sentido indicó que homologaba la aplicación del procedimiento de juicio abreviado.

El caso
Las situaciones de abuso detectadas ocurrieron en febrero de 2016 en la vivienda de la madre de la víctima, ubicada sobre la calle Rivadavia. Allí se realizaba una reunión familiar en la que también participaba el imputado y tío de la menor de edad abusada. En esas circunstancias, la mayoría de los integrantes del grupo se fueron de la vivienda para realizar compras de alimentos. El agresor aprovecho esa ocasión para atacar a la adolescente realizándole tocamientos en sus partes íntimas.
Por otra parte, Castagno, informó que el 17 de enero de 2020, el imputado acudió a la casa de su hermana. Luego, se dirigió en un camión hasta una chacra ubicada en inmediaciones del camino al lago “Musters”. En el rodado lo acompañaba otra de sus sobrinas, menor de edad. En esa ocasión, el agresor también cometió tocamientos inapropiados contra la víctima. Asimismo, otros dos hechos de similares características ocurrieron entre el 17 y 18 de enero en la vivienda de la madre de las víctimas.

La audiencia fue presidida por el juez Alejandro Rosales. En representación de la fiscalía participó la fiscal Laura Castagno. El acusado recibió el asesoramiento técnico legal del abogado Sebastián Martínez Bianchi del Ministerio de la Defensa Pública. Por la Asesoría Legal de Menores asistió la abogada Gabriela Francisco.